Comunidad de Madrid
Sin costa: solo licencia de pesca continental.
Ríos y embalses
Licencia de pesca de la Comunidad de Madrid
Licencia autonómica de uno a cinco años; para mayores de 65 es indefinida y a los menores de 16 les dura como mucho hasta que los cumplen.
Se saca en la sede de la Comunidad con el servicio de respuesta inmediata, sin certificado y pagando en el momento: te da una licencia provisional de un mes y la definitiva llega por correo. También se puede pedir con el modelo 030, en línea o en persona.
También puedes sacar la licencia interautonómica, que vale un año para pescar en aguas continentales de las diez comunidades del convenio: Andalucía, Aragón, Asturias, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Comunitat Valenciana, Extremadura, Galicia, Madrid y Murcia.
Aviso: la Ley 4/2026 de Caza y Pesca de la Comunidad de Madrid entra en vigor el 07/01/2027. Deja a un reglamento los tipos de licencia y permite exigir un curso o prueba del pescador.
Decreto 23/2015, de 23 de abril, artículo 2, apartado 1: «Las licencias de caza y pesca, expedidas por la Dirección General competente en materia de caza y de pesca de la Comunidad de Madrid, cuyo modelo se recoge en el Anexo II, son nominales, intransferibles y obligatorias para el ejercicio de la caza o de la pesca en el territorio de la Comunidad de Madrid.» Convenio interautonómico (BOE-A-2026-5597): «Resolución de 26 de febrero de 2026, de la Dirección General de Producciones y Mercados Agrarios, por la que se publica el Convenio con las Comunidades Autónomas de Andalucía, Aragón, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Madrid, Comunitat Valenciana, Extremadura, Galicia, Principado de Asturias y Región de Murcia, para el establecimiento de las licencias interautonómicas de caza y de pesca […]», cláusula segunda.2: «La licencia interautonómica de pesca en aguas continentales es aquella que habilita a su titular al ejercicio de pesca fluvial en los territorios de las Comunidades Autónomas parte del presente convenio.» Cláusula novena: «La validez de las licencias objeto del presente convenio será de un año, contado a partir del día de su expedición.»
En vigor desde 10/03/2026 · comprobado el 26/09/2026
Información orientativa. Prevalece siempre la norma oficial publicada en el BOE y en los diarios oficiales autonómicos. Parte de estas normas las localiza y extrae un agente de IA; una persona las revisa antes de publicarlas.